¿Debes cotillear las redes sociales de tus hijos?

¿Los padres pueden o deben acceder a las redes sociales de sus hijos? Incluso cuando son adolescentes?

Patricia Peyró. 23/11/2016

Cuando se trata de ejercer un control parental responsable, a todos nos puede surgir una misma pregunta: ¿Los padres pueden o deben acceder a las redes sociales de sus hijos? Lo que en edades tempranas se entiende como un acto razonable, a partir de la adolescencia se torna un terreno farragoso.

¿Los padres pueden o deben acceder a las redes sociales de sus hijos?
¿Los padres pueden o deben acceder a las redes sociales de sus hijos?

Dejando al margen las consideraciones de la posibilidad de acceso por disponer de las claves para entrar, hablaríamos de un tema tanto moral como legal: ¿hasta qué punto los padres tienen derecho a meterse en las cuentas o perfiles sociales de sus hijos? ¿Dónde está la frontera entre la actitud de control parental vinculada a la seguridad y la del derecho a la privacidad del menor?

Sin duda es un tema interesante y nuevo sobre el que comienza a haber una legislación. Esto es lo que arroja el Código Penal español, que parece meter en el mismo saco el material virtual, el digital y el físico:

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Entrar en las redes sociales de los hijos también genera un gran debate legal

“Aquel que para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses”.

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A partir de los 14 años, a los niños se les considera maduros para gestionar sus datos personales.

La frontera está en la adolescencia.
En el caso de los menores, existe un corte de edad que marca la diferencia:  A partir de los 14 años, a los niños se les considera con la madurez suficiente como para hacerse cargo de lo concerniente a sus datos personales. De acuerdo con  la Ley Orgánica de protección de Datos, a partir de esta edad a los niños se les confiere autonomía para autorizar o no el acceso o tratamiento de sus datos, con lo que un niño teóricamente podría denunciar a sus padres por haber accedido sin permiso a sus cuentas.

un niño teóricamente podría denunciar a sus padres por haber accedido sin permiso a sus cuentas
Un niño puede denunciar a sus padres por haber accedido sin permiso a sus cuentas

Casos excepcionales: Acoso escolar, sexting o grooming.
Las implicaciones de esta ley podrían ir más allá de la molestia que le pueda ocasionar al joven “el cotilleo” de sus padres acerca de su vida privada cuando exista una razón de peso que les lleve a estos a acceder a las cuentas de sus hijos.  Hablamos, por ejemplo, del acceso de los padres ante la sospecha de un acoso escolar, de un caso de sexting, o incluso de grooming o intento de captación al niño por parte de un adulto malintencionado o depredador sexual.

Aunque en estas situaciones las pruebas aportadas por los padres y obtenidas a través del acceso a sus perfiles sociales podrían ser desestimadas por ilegales, algunos casos reales parecen indicar que la ley se pone del lado de los padres en este caso, anteponiendo la seguridad y la obligación de proteger al menor sobre su derecho a la privacidad.

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La educación en el uso de las redes sociales es básico

Redes sociales: Educación por edades.
Si te preguntabas si es necesaria una educación en redes sociales, la respuesta es sí. Cuanto antes lo aceptes, mejor para ti y para tu hijo, puesto que luchar contra las TIC viene a ser tan inútil y complicado como nadar contracorriente o navegar en contra del viento

Con frecuencia los padres se sienten presionados o desbordados por las nuevas tecnologías, que no paran de evolucionar y lo hacen a una velocidad superior a su capacidad de aprendizaje y adaptación a estas.  Aunque a menudo sentimos que nuestros hijos nos superan, y por más que tengamos que aprender nosotros primero, para enseñar después, no podemos obviar esta responsabilidad.

Las redes sociales han cambiado para siempre la forma de relacionarse en las sociedades avanzadas
Aprende a usar las redes para enseñar después

Las redes sociales han cambiado para siempre la forma de relacionarse en las sociedades avanzadas. Adaptarnos a ellas en una sana convivencia pasará por considerarla un asunto más dentro de la educación de nuestros hijos.

Una vez los pequeños muestran interés por las posibilidades que ofrece Internet tendremos que irnos adaptando nosotros mismos como padres y “exportar”, en la medida de lo posible, las pautas de seguridad aplicadas en la vida diaria a la seguridad on-line.

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Los niños no pueden acceder a las redes sociales hasta los 13 o 14 años

Hasta los 10 años.
En teoría los niños no pueden acceder a las redes sociales hasta los 13 o 14 años, dependiendo de las condiciones de uso particulares de cada una. En cualquier caso, y desde mucho antes, seguramente se interesen por el tema y nuestro papel será acompañarle en los primeros pasos y guiarlos en la creación de sus primeras “operaciones” en Internet, fundamentalmente las sociales y documentales. Deberemos, no obstante, definir unas condiciones de uso que respondan a las siguientes cuestiones:

  • ¿Cuánto tiempo de uso está permitido y en qué horarios?
  • ¿Dónde se puede usar Internet?
  • Qué está permitido y qué está prohibido, poniendo especial interés en adoctrinarles en las búsquedas.
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Aplica los filtros apropiados de control parental que restrinjan el acceso a páginas

De 11 a 14 años.
Los chicos ya están plenamente familiarizados con el entorno digital y lo que podemos hacer entonces es utilizarla a nuestro favor nosotros también. En esta edad es importante dar las explicaciones que nos pidan, y con frecuencia tendremos que razonar los motivos, siempre huyendo de imposiciones y prohibiciones que resultarán del todo contraproducentes.

  • Comunícate con tu hijo de forma abierta.
  • Aplica los filtros apropiados de control parental que restrinjan el acceso a páginas con contenido ofensivo o inapropiado.
  • Como empiezan a crear sus perfiles sociales, debemos prevenirles de la peligrosidad  y de aspectos como el grooming  o el ciberbullying.
-Prevenirles de facilitar información sensible públicamente o a nivel privado
Debes prevenirles para que no faciliten información sensible públicamente o a nivel privado

A partir de los 15 años en adelante.
La formación y la buena práctica ha de ser acumulativa y sumativa. Es decir, a todo lo anterior iremos añadiendo las nuevas precauciones que surgen a medida que van adquiriendo habilidad y autonomía dentro del medio de Internet. Precisamente porque se verán seguros, hay que vigilarlos aún más.

  • Prevenirles de facilitar información sensible públicamente o a nivel privado: ni contraseñas, ni dirección de casa o teléfono móvil tampoco en las redes sociales. De este modo evitaremos las estafas de Internet.
  • Darles explicaciones muy concretas que les alerten sobre el ciberbullying, con alta incidencia en estas edades. Debemos evitar que les suceda, pero también educarles para que no lo secunden, alimenten como acosadores o se conviertan en testigos pasivos.
  • Compras on-line. Ellos no deberían llevar a cabo transacciones bancarias de ningún tipo, ni hacer compras de productos o servicios.  Por esta razón será conveniente explicarles las técnicas fraudulentas de fishing en el entorno de las redes sociales.

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