La nueva ley de copyright afecta al uso de las redes sociales

Las citas, las reseñas, las caricaturas o las parodias también están blindadas por la nueva legislación europea.

The Luxonomist. 28/06/2019

El pasado 26 de marzo, el Parlamento Europeo aprobó, después de más de dos años de intenso debate, la nueva normativa sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, popularmente conocida como la ley de copyright”. Su entrada en vigor conllevará implicaciones directas para la ciudadanía, por ejemplo, en el uso de las redes sociales. Los estados miembros tendrán un margen de dos años para adaptar su legislación a la directiva europea, que, a pesar de responsabilizar las empresas en el cumplimiento de los derechos de autor, incluye matices y excepciones que es importante conocer. Este artículo persigue el objetivo de facilitar la comprensión de las líneas básicas de este texto legislativo.

La nueva ley de ‘copyright’ aprobada por el Parlamento Europeo modificará la forma que tenemos de actuar en Internet y sobre todo en las redes sociales

Los derechos de autor en el entorno digital

Uno de los principales propósitos de la nueva ley de copyright es ampliar la protección de los derechos de autor en el entorno virtual. Mediante la normativa recientemente aprobada, las principales plataformas sociales de Internet se verán obligadas a responsabilizarse, a partir de ahora, de aquellos contenidos que vulneren los derechos de autor.

Hasta el momento, las empresas tecnológicas solamente estaban obligadas a suprimir aquellos mensajes que comprometían los derechos de autor cuando el titular de la obra en cuestión lo solicitaba explícitamente. Las dificultades para el ejercicio de esta supervisión sobre la difusión de la propia obra en el mundo virtual terminaban por desproteger al creador.

Responsabilizando directamente a las compañías, el Parlamento Europeo pretende, pues, favorecer que los titulares de derechos de autor se puedan asegurar unos acuerdos de licencia justos. De esta forma, se busca que los autores queden amparados por la ley ante los nuevos usos sociales y puedan obtener una remuneración por la explotación digital de sus obras.

Anteriormente a la aprobación de esta ley, las empresas tecnológicas solamente estaban obligadas a suprimir aquellos mensajes que el autor reclamaba por vulneración de sus derechos

Protección de la libertad de expresión

Aunque la normativa europea se haya propuesto priorizar la preservación de los derechos de autor en el mundo virtual, el texto legislativo también incorpora una serie de matices con la finalidad de que Internet continúe siendo un espacio para la libre expresión.

En este sentido, por ejemplo, la ley de copyright plantea que las aportaciones a enciclopedias sin fin comercial, como en el caso de Wikipedia, o a plataformas de software de código abierto no estén sujetas a la obligación de hacerse cargo de un seguimiento sobre la protección de los derechos de autor.

El documento también da preferencia a la libertad expresión por lo que respecta a contenidos virales, como los GIF o los denominados memes, que también quedan al margen de esta responsabilidad fijada por la ley. En el caso de los artículos, tales como noticias o artículos de opinión, se podrán continuar compartiendo libremente fragmentos del texto en cuestión, por ejemplo en Facebook, siempre que sean de carácter breve. Las citas, las reseñas, las caricaturas o las parodias también están blindadas por la nueva legislación europea.

Algunos de los contenidos compartidos en redes sociales, como los GIFS y los memes quedan al margen de esta ley. Del mismo modo, información compartida en enciclopedias sin fin comercial como Wikipedia también están autorizadas

Las start-ups, al margen

La ley de copyright procura que aquellas empresas que aprovechan contenido de los usuarios velen por el cumplimiento de los derechos de autor en su canal. Ahora bien, la normativa sugiere requisitos menos rigurosos con las start-ups, o empresas emergentes, a fin de que puedan desarrollar con mayor facilidad su actividad empresarial.

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